¿Quienes están obligados a obtener el NIT?
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El sistema de registro de contribuyentes al Fisco, se estableció por Decreto Legislativo bajo la administración de la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda, institución facultada para extender a todas las personas naturales como jurídicas el Número de Identificación Tributaria denominado NIT.
Documento que se le asignara a personas o entidades inscritas en el sistema de Registro de Hacienda el cual será un número único y permanente que a su vez no podrá modificarse ni reasignarse a otro persona.
En el registro de contribuyentes al Fisco pueden inscribirse las personas naturales o jurídicas domiciliadas o no.
El NIT puede tramitarse en las oficinas de atención al contribuyentes, centros y minicentros express de la Dirección General de Impuestos Internos, ubicados en todo el país o si lo desea puede llamarnos al teléfono 2237-3444 o visitar muestra página www.mh.gob.sv para obtener mayor información.
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