¿Es posible una reforma tributaria estructurada?
 
       
 
Por Lic. Jorge Luis Martínez Bonilla
Jefe de Unidad de Educación Fiscal
Ciertamente que se trata de una de las interrogantes más difíciles de responder, puesto que una reforma estructural es por demás compleja ya que debe considerar diferentes ámbitos de la vida de una sociedad y los efectos que la misma produciría en cada uno de ellos, nos referimos a lo social, económico, político e internacional entre otros, y es que no se puede negar que los tributos hoy día son la principal fuente de ingresos que poseen los Estados para satisfacer las necesidades más elementales de la población y habilitar las condiciones apropiadas para que sus miembros se puedan desarrollar, lo cual es parte del encargo principal que hace la Carta Magna de un país a sus gobernantes.
 
Por ello, uno de los primeros pasos implica abandonar el hábito de efectuar reformas y promulgar leyes tributarias con visión de corto plazo y que de manera coyuntural buscan mitigar un desequilibrio fiscal, cuando en realidad lo que debe perseguirse, con visión de mediano y largo plazo, es dotar al país de instrumentos legales tributarios que viabilicen la obtención sostenible de recursos en el tiempo para afrontar con solvencia la inversión y el gasto social, que también debe ser manejado con eficiencia. Esta reforma requiere una conciliación de intereses entre todos los miembros de la sociedad, teniendo claridad en cuanto a los aportes y sacrificios que deben hacer aquellos que no lo han estado realizando o que lo han hecho en cuantía inferior a la que corresponde.
 
También es fundamental la no desnaturalización de las propuestas de reforma cuando transitan del legislador material al legislador formal, pues resulta innegable que no siempre se logra el acompañamiento del legislador formal cuando se aprueba una ley, en consecuencia el proyecto de ley presentado termina muchas veces no siendo ni la sombra de la pretensión inicial; y es que  debe lograrse un apoyo político mayoritario donde todos aprueben los decretos necesarios pensando en el bien del país y no en la cantidad de votos que podrían llegar o fugarse. Una reforma estructural exige que se tenga presente que los referidos tributos deben cumplir con una serie de principios esenciales, entre ellos el capacidad económica y el de neutralidad, que implica la no distorsión en las decisiones de negocios, incidiendo lo menos posible en la demanda y oferta de bienes y servicios.
 
Por otra parte, debe procurarse que dicha reforma no provoque deterioro de la capacidad adquisitiva de la población asignando más carga impositiva a quienes posean mayor capacidad económica, pero buscando además que no se deprima el estímulo a la inversión privada, que las expectativas en cuanto a la generación de empleo sean positivas, buscar que se eleve la calidad de los bienes y servicios públicos en favor de la ciudadanía, que se evite la especulación y no se incremente el nivel general de precios y que en el ámbito internacional se fortalezcan las relaciones no solo diplomáticas sino también comerciales con los países de la región; en suma, se convierte en un tema que requiere una moral fiscal muy elevada en quienes deben formular, discutir, proponer y aprobar la citada reforma, así como un acompañamiento y vigilancia de la ciudadanía comprometida con el futuro y con elevado sentido de pertenencia viendo su patria como su propia casa.
 
Factores y acciones que debe entrañar dicha reforma estructural:
 
  • Llevar a cabo un análisis y depuración de la estructura del sistema impositivo, identificando los tributos que en atención a su eficiencia y administración deberían permanecer y cuáles derogarse.
 
  • Actualizar los mínimos vitales exentos en las leyes, que liberan del pago de impuestos o de la calidad de contribuyente a las personas, en virtud de su capacidad económica y la realidad del país.
 
  • Efectuar reformas a normativas, buscando que su aplicación resulte de fácil aplicación por parte de sujetos pasivos, Administración Tributaria y tribunales, dotándolas de procedimientos simples y expeditos, aspirando a minimizar la casuística en ellas.
 
  • Verificar que los hechos generadores vigentes en la ley se correspondan con las transacciones que hoy día ocurren asociadas a servicios, bienes tangibles e intangibles incluyendo los derivados de la actividad financiera y los virtuales.
 
  • Eliminar exenciones que provocan distorsión y aprovechamientos indebidos por los contribuyentes, así como deducciones que no cumplan con el principio de estricta necesidad y que inciden en el gasto tributario del Estado.
 
  • Delimitar con mayor efectividad la existencia, funcionamiento y sujeción impositiva de las Asociaciones y Fundaciones sin fines de lucro.
 
  • Verificar que los incentivos fiscales otorgados, en realidad estén rindiendo los beneficios para los cuales fueron concedidos, caso contrario eliminarlos, ya que no constituyen retribución a la sociedad en general, que fue una de las aspiraciones con las que fueron creados.
 
  • Fortalecer las leyes tributarias incorporando normas antielusión y Reglas de Transparencia Fiscal Internacional.
 
  • Ampliar las bases de liquidación a opción de la Administración Tributaria: Base cierta, Estimativa, Mixta y Objetiva. De igual manera mecanismos más expeditos para que el infractor corrija sus incumplimientos.
 
  • Diseñar un Régimen Especial de Tributación con naturaleza y contenido simplificado con enfoque de Contribución Especial, para incorporar a quienes operan en la informalidad. 
 
  • Procurar una estructura tributaria competitiva en el entorno internacional con tasas, alícuotas e incentivos que estimulen la inversión privada, proteja las actividades económicas sensibles y posibiliten un adecuado acreditamiento de lo tributado en otras jurisdicciones.
 
  • Armonizar los regímenes y requerimientos probatorios aplicables en sede administrativa y judicial, puesto que en esta última ocurre que se privilegia el mero cumplimiento de las formalidades por encima de la sustancia o realidad económica de los hechos.
 
  • Incluir programas de educación tributaria y fomento de la cultura de pago de tributos, acompañados de normas de transparencia y rendición de cuentas.
 
  • Crear un observatorio social tributario conformado por miembros de la sociedad civil y representantes de la Administración Tributaria para evaluar el desempeño del sistema tributario y efectuar recomendables.
 
 
 
     
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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